jueves, 4 de septiembre de 2008

Minorías y mayorías

Cuando se dice No puede ser que la minoría impida a la mayoría tomar las decisiones oportunas. parece que se ha dicho algo profundamente democrático. Pero el que una minoría pueda impedir que se ejecute la decisión de la mayoría también puede ser una acción perfectamente democrática.

En primer lugar todos los sistemas democráticos establecen que aunque sea una decisión muy mayoritaria no se puede obligar a hacer nada que vaya en contra de la propia Constitución (sea el país que sea).

Por otra parte no creo que haya ningún país democrático que permita cambiar la constitución por mayoría simple. Las reglas pueden cambiar, pero siempre suele haber esta posibilidad de impedir que se ejecute lo decidido por la mayoría cuando la mayoría se salta las reglas.

Precisamente esta capacidad de la minoría para vetar determinadas cuestiones es lo que obliga a las mayorías a consensuar favoreciendo tomar decisiones sensatas. ¿Son reglas democráticas las que obligan, en muchos parlamentos, que para tratar determinados asuntos se exijan mayorías cualificadas?

Claro que cuando escribo esto no ceso de pensar en la llamada consulta del Lehendakari. Pero no he querido referirme a ello en concreto, pues lo que me parece más interesante es atacar los argumentos generales.

Veamos algunos casos prácticos. ¿Se imagina alguien el lío que se monta en el Líbano si un Gobierno solo tiene musulmanes y no cristianos? ¿Qué pasa si el Gobierno Español cambia por decreto el Estatuto Vasco, sin que haya una consulta a la población del País Vasco? ¿Qué pasa si el Gobierno Vasco quiere cambiar los impuestos que cobra la Diputación de Álava?

Cuando alguien defiende ideas ingenuas como esta de ¿pero no lo ha decidido la mayoría? y resulta que no es un ingenuo la cosa es de echarse a temblar.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

"¿Qué pasa si el Gobierno Español cambia por decreto el Estatuto Vasco, sin que haya una consulta a la población del País Vasco?"

Eso ya se hizo ... o no te suena la LOAPA??

Por no hablar del traslado de competencias a Bruselas, incluso de competencias propias del gobierno vasco como la agricultura.

Thooby dijo...

Tu comentario es muy interesante porque expresa muy descarnadamente lo que yo quiero criticar. La LOAPA no se aprobó por decreto, esto en primer lugar. Se aprobó como Ley Orgánica en el Parlamento Español. Esto quiere decir que no le valió como mayoría, la mayoría simple. Necesitó para su aprobación la mayoría absoluta, que la hubo: 223 a favor, 36 en contra y 3 abstenciones. Es decir que fue aprobada en el Parlamento por una mayoría clamorosa.

¿Qué es lo que pasó después? Que funcionaron las instituciones.

El Gobierno Vasco, la Generalidad de Cataluña, CIU y Partido Nacionalista Vasco contestaron con la presentación de un recurso de inconstitucionalidad por considerar que los Estatutos, normas integrantes del bloque de constitucionalidad, no podían estar limitados por una ley estatal.

El 13 de agosto de 1983 el Tribunal Constitucional negó el carácter orgánico y armonizador de la ley, declarando inconstitucional 14 de los 38 artículos de la Ley.

Como se ve es un ejemplo en el que la mayoría no pudo imponer su posición por muy mayoritaria que fuera.

He continuado la exposición de mi punto de vista en un post posterior Checks and balances